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POLÍTICA
Valdés convocó a elecciones provinciales para el próximo 2 de junio
El Gobernador de la Provincia, en uso de las facultades que le confiere la Constitución de Corrientes, concretó la convocatoria a elecciones en todo el territorio provincial para el día 2 de junio próximo, a través de la cual se elegirán los diputados y senadores que vencen sus mandatos el 10 de diciembre del corriente año ¿y en Saladas?...entrá a la nota y entérate en que fecha podría ser.
El decreto se sustenta en el hecho de que la Cámara de Diputados que cuenta con 30 miembros se renueva por mitades, cada dos años y el Senado que cuenta con 15 miembros también se renueva cada dos años pero por terceras partes, y que en cada uno de estos mencionados periodos vencen en el ejercicio de sus funciones el 10 de diciembre, y que este año ocurre lo propio. Valdés con las atribuciones que le otorga la Constitución de la Provincia y en acuerdo a las leyes electorales vigentes, concretó el llamado a comicios en el que se elegirán 15 diputados y 5 senadores provinciales respectivamente, en la mencionada fecha 2 de junio del presente año.

En la misma norma el Jefe del Estado provincial, invita a los municipios a compartir la fecha para la renovación de su miembros parlamentarios, no obstante cabe señalar que las comunas tienen la potestad de elegir la fecha de acuerdo a criterio de sus autoridades.

ELECCIONES MUNICIPALES 2019  SALADAS

El Concejo Deliberante de Saladas que cuenta con 11 miembros se renueva por mitades, cada dos años.
Como la mitad de 11 es 5.5, pero como una banca no puede cortarse por la mitad,  en este 2019 se renuevan 5  Miembros y  en la próxima elección dentro de dos años (2021) se elegirán 6 ediles.

Cabe señalar que en las elecciones de este año se renovara el cargo de defensor de los Vecinos, cargo que se renueva cada 4 años y  donde no se pone a consideración del soberano el candidato, (¡no sabe a quien esta votando!) sino que surge de un "intríngulis" establecido el artículo 243 de la Carta Orgánica Municipal de Saladas. Conclusion el soberano no elige al Defensor de los Vecinos...lo elige el articulo 243 de la Carta Orgánica Municipal de Saladas. 

La comuna de Saladas tiene la potestad de elegir la fecha de acuerdo al criterio de sus autoridades.

En este contexto la Carta Orgánica Municipal de Saladas en su artículo 180, inc.32 faculta al Intendente Municipal  a convocar a elecciones de competencia municipal. Asimismo en su artículo 153, inc. 78 faculta al HCD a convocar a elecciones municipales “…tratando de lograr  que las mismas sean coincidentes con las elecciones nacionales o provinciales…”

Nunca sucedió desde la vigencia de la Carta Orgánica Municipal…pero la pregunta “del millón” es: ¿Qué pasaría si el Departamento Ejecutivo Municipal convoca a elecciones municipales, coincidente con las provinciales  y el Concejo Deliberante con las elecciones nacionales?.

Por Redacción Mi Saladas/ Domingo, 03 de marzo de 2019-9;58h.