Una tumba para los héroes saladeños que no descansan en su solar natal. Desde este medio proponemos este borrador/base de un proyecto de Ordenanza, para reivindicar la memoria a todos aquellos saladeños que de una u otra forma, hicieron grande nuestra nación/provincia y que hoy día sus restos mortales descansan lejos de su solar natal. Pero que en los hechos cada día tenemos más deudas con ellos.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
El mote de “Tierra de Héroes”. “Cuna de Héroes”, con el que se lo señala a la ciudad de Saladas.
La gran cantidad de saladeños, cuyos restos mortales descansan en diversos lugares del país y que en vida se destacaron en distintos ámbitos de la construcción de la Provincia de Corrientes y la Nación Argentina.
La Ordenanza Nº 00162/17
La Carta Orgánica Municipal de Saladas, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la ciudad de Saladas, a lo largo de rica historia, ha ofrendado hijos a la constitución de la Nación Argentina. Prohombres que se destacaron a través de diversos ámbitos, ya sea con su pluma, su sangre, o el ejercicio de cargos públicos relevantes de la naciente Nación Argentina, como en el ámbito provincial.
QUE, la mayoría de ellos, descansan eternamente en lugares lejanos de Saladas, su solar natal.
QUE, son tantos, pero se pueden citar algunos, Juan Bautista Cabral, Marciano Verón, Manuel Florencio Mantilla, Marcos Marcelino Azcona, Juan Gregorio Pujol, entre otros.
QUE, estas personas ameritan ser homenajeados en cada aniversario de muerte.
QUE, en la ciudad de Saladas, no existe un espacio físico específico, donde tributarle homenaje, como ser un cenotafio.
QUE, Como otras muchas palabras, cenotafio proviene del griego. Está formada por la raíz kenos, que significa vacío, y por taphos, que quiere decir tumba. Por lo tanto, un cenotafio es una tumba en la que no hay una persona fallecida.
QUE, En latín se le denominaba monumetum definición seguramente más conocida. Por lo tanto un cenotafio es una tumba o sepulcro pero sin cuerpo que normalmente se erigía en honor de alguna persona ilustre pero cuyo cadáver estaba distante aunque también para aquellas personas que perecían en batallas, naufragios y no se encontraban los cuerpos.
QUE, en cada aniversario de los fallecimientos de Juan Bautista Cabral y Marciano Verón, se los homenajea en sus monumentos, de plazas Cabral y Cabo1º Marciano Verón respectivamente, pero dichos monumentos no cubren el significado simbólico, de una tumba en la que no hay una persona fallecida, que solo se debe interpretar con un cenotafio.
QUE, ya en la época moderna estos monumentos se han seguido construyendo aunque ya no sólo ubicados en cementerios, también los podemos encontrar en las vías públicas como por ejemplo el Monumento a los Héroes del Dos Mayo en Madrid. Otro cenotafio célebre es el Memorial, lo encontraremos en la ciudad de Hiroshima dentro del Parque de la Paz, y que conmemora las 200.000 víctimas del ataque por las bombas atómicas realizadas durante la II Guerra Mundial.
QUE, en Argentina, el Monumento a los caídos en Malvinas es un cenotafio localizado en la Plaza General San Martín, en Buenos Aires, erigido en honor a los caídos en la Guerra de las Malvinas. Situado en el sector de la plaza que da hacia la Avenida del Libertador, está formado por 25 placas de mármol negro con los nombres de los 649 combatientes caídos en la guerra acontecida en 1982. Todas las mañanas, a las 8 en punto, puede verse el izamiento de la bandera argentina.
QUE, por Ordenanza Nº 00162/17, se designó con el nombre PASEO “HÉROES DE MALVINAS” a una fracción triangular de terreno, delimitada por: por la Avenida Urbano Salvador Leyes al Oeste, Ruta Provincial Nº 13 al Sur - Sureste y un empalme pavimentado entre la avenida Leyes y la Ruta Nº 13 al Norte.
QUE, si bien en el PASEO “HÉROES DE MALVINAS”, ya existe una placa con el listado los VGM de Malvinas oriundos de Saladas, de ninguna manera se puede configurar como un cenotafio.
QUE, el PASEO “HÉROES DE MALVINAS”, es el lugar indicado para construir un cenotafio, con las placas de los nombres de los saladeños ilustres.
QUE, este Cenotafio formará parte del patrimonio histórico-cultural de la ciudad de Saladas, generando identidad colectiva, sentimiento de pertenencia y reconocimiento a la historia de nuestro pueblo.
QUE, la Carta Orgánica Municipal de Saladas, establece: Artículo 53º) Las riquezas arqueológicas, históricas, documentales, bibliográficas, edilicias y los valores artísticos y científicos, así como el paisaje natural, forman parte del patrimonio cultural de la comunidad y están bajo la tutela del Municipio que, conforme con las normas existentes y a crear, puedan disponer las acciones que sean necesarias para su defensa y conservación.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADAS SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo contemple dentro del Proyecto de Presupuesto General de Recursos y Gastos para el año 2021, los fondos necesarios para ejecutar, la construcción de un cenotafio de mampostería con sus respectivas placas y obras de arte pertinentes.
Artículo 2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a elaborar a través de artistas/arquitectos el plano de construcción del Cenotafio.
Artículo 3º) Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal a través de su Dirección de Educación Cultura, la investigación sobre saladeños que se hallen sepultados en lugares lejanos y que ameriten ser incluidos en el Cenotafio.
Artículo 4º) DE FORMA.
Lunes, 07 de septiembre de 2020