Los descuentos implementados por la Ordenanza Nº 00301/20, es un plan de pago ESPONTANEO (nadie está obligado a acogerse al mismo), y un PAGO ANTICIPADO (corresponden a los tributos municipales a vencer en el año 2021). Para acceder al mismo, el contribuyente NO DEBE ESTAR EN MORA en las contribuciones municipales vencidas al 31 de diciembre de 2020.
En lo que beneficia al contribuyente esta disposición municipal, son los importantes descuentos (de acuerdo al plan elegido), sobre el total de los tributos que abona de manera espontánea y anticipada, correspondientes al calendario fiscal 2021, del rubro que decida pagar, (o todos los rubros tributarios establecidos en la ordenanza Nº 00301/20).
DESCUENTO POR PAGO ANTICIPADO: DE IMPUESTO INMOBILIARIO, TASA POR SERVICIOS Y CEMENTERIO
Descuento del 30%, desde el 04 de enero al 28 de febrero de 2021 inclusive y un descuento del 20%, desde el 01 de Marzo al 30 de Abril de 2021 inclusive, a todos los contribuyentes que se adhieran al Pago Espontaneo cancelando por adelantado los Impuestos Inmobiliario, Tasa por Servicios y Cementerio correspondiente al periodo fiscal 2021.
DESCUENTO POR PAGO ANTICIPADO: AUTOMOTORES
Descuento del 40%, desde el 04 de enero al 28 de febrero de 2021 inclusive, y un descuento del 30% desde el 01 de Marzo al 30 de Abril de 2021 inclusive, a todos los contribuyentes que se adhieran al pago espontaneo cancelando por adelantado el Impuesto Automotor correspondiente al periodo fiscal 2021.
INTERESES RESARCITORIOS
La misma Ordenanza, autoriza la aplicación, a partir del 01 de enero de 2021 de una tasa de interés resarcitorio del 2% mensual a los periodos fiscales vencidos de los impuestos inmobiliario, tasas por servicios, habilitación comercial, Cementerio, excepto Impuesto Automotor.
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