El Departamento Ejecutivo Municipal, para la correcta implementación de la Ordenanza Nº 00259, debe proceder a su reglamentación, en varios ítems, por citar algunos, órganos de aplicación para cada caso, multas y/o clausuras ante infracciones de comerciantes y /o particulares, entre otros.
Sin una reglamentación, esta normativa es de aplicación prácticamente imposible. La Ordenanza 00295/20 , publicada en el
Boletín Oficial de la Municipalidad de Saladas Nº 14-20,(página 7) establece su vigencia a partir del 2 de enero de 2021.
Si bien la Ordenanza en cuestión, no cita el motivo de fijar la fecha del 2 de enero de 2021, para la entrada en vigencia de la normativa, aplicando la lógica , podemos señalar que el objetivo es: “que los comerciantes no se queden con el stock remanente”, en un difícil contexto económico global, generado por la pandemia.
Esta normativa, que tuvo muy buena acogida por la mayoría de la ciudanía, ya se halla en vigencia en gran cantidad de municipios del país