El Articulo 53º, de la Carta Orgánica Municipal de Saladas dicta: “Las riquezas arqueológicas, históricas, documentales, bibliográficas, edilicias y los valores artísticos y científicos, así como el paisaje natural, forman parte del patrimonio cultural de la comunidad y están bajo la tutela del Municipio que, conforme con las normas existentes y a crear, puedan disponer las acciones que sean necesarias para su defensa y conservación”.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
El Escudo el Escudo Municipal de Saladas.
La Ordenanza Nº 04/83, de fecha 24 de marzo de 1983.
La Carta Orgánica Municipal de Saladas, y;
CONSIDERANDO:
Que, El Escudo de la ciudad de Saladas, se entiende como un Escudo exclusivo del Estado Municipal.
Que, Por gestiones iniciadas por autoridades municipales en el mes de julio de 1982, se encomendó al Estudio del Arquitecto Edgardo H. Pinto, la confección del Escudo Municipal de Saladas.
Que, Por Ordenanza Nº 04/83 de fecha 24 de marzo de 1983, del entonces Honorable Concejo Municipal (HCM) se aprobó el diseño y estableciendo al mismo como "Escudo Municipal".
Que, Desde entonces como logotipo de la Municipalidad de la ciudad de Saladas, se dejo de utilizar el primer Escudo de la provincia de Corrientes, en sus documentaciones oficiales, imponiendo para ello el Escudo aprobado por dicha Ordenanza.
Que, La Carta Orgánica Municipal, en su artículo 2º establece: “El Municipio de SALADAS tiene como símbolo al Escudo de la Municipalidad de SALADAS, quedando establecido que el mismo estará impreso en toda documentación y/o vehículo del patrimonio municipal…”, de acuerdo a este precepto de muestra Carta Magna: “El Municipio de SALADAS tiene como símbolo al Escudo de la Municipalidad de SALADAS…”, la Carta Orgánica Municipal de Saladas impone como símbolo del Municipio al Escudo de la Municipalidad de Saladas.
Que, El Articulo 53º, de la Carta Orgánica Municipal de Saladas dicta: “Las riquezas arqueológicas, históricas, documentales, bibliográficas, edilicias y los valores artísticos y científicos, así como el paisaje natural, forman parte del patrimonio cultural de la comunidad y están bajo la tutela del Municipio que, conforme con las normas existentes y a crear, puedan disponer las acciones que sean necesarias para su defensa y conservación”.
Que, para ello, es necesario modificar el nombre de “Escudo Municipal”, por el de “Escudo de la Ciudad de Saladas”
Que, Saladas tiene la necesidad de contar con un símbolo que identifique a la ciudad, que acompañará a las personas o Delegaciones Deportivas, Culturales y Sociales que nos representen a nivel local, Provincial, Nacional o Internacional.
Que, El Escudo de Saladas se ha constituido en emblema del Estado Municipal, aportando cultura e historia a nuestra identidad e idiosincrasia local. Por ello resulta importante instituir el día del Escudo Municipal de la ciudad que permita la revalorización de este símbolo del municipio.
Que, Por Ordenanza Nº 04/83 de fecha 24 de marzo de 1983, se aprueba el símbolo como “Escudo Municipal”, resolviendo exclusivamente su utilización a los poderes del Estado Municipal de Saladas.
Que, con el cambio de nombre y ampliando su utilización a las organizaciones intermedias, tendrá una gran importancia como símbolo que represente a la comunidad saladeña en su conjunto,al constituirse en el simbolo que nos identifique como saladeños, y que atendiendo la fecha de sanción de la Ordenanza Nº 04/83, el 24 de marzo de 1983, al coincidir con la con la conmemoración del
“Día de la Memoria por la Verdad y la Justicia”, no implica dictar un nuevo día feriado, sino incluyéndolo en la citada conmemoración, dándole un realce netamente local.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADAS SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Articulo 1º) MODIFICASE la denominación de
“Escudo Municipal” impuesto por la Ordenanza Nº 04/83 de fecha 24 de marzo de 1983 por el de
“Escudo de la Ciudad de Saladas”, sin alterar su formato original.
Articulo 2º) INSCRIBASE, al pie del escudo la leyenda
“Ciudad de Saladas”.
Articulo 3º) AUTORÍCESE, al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de una Resolución Administrativa, fijar las normas de uso y tratamiento del Escudo de la Ciudad de Saladas.
Articulo 4º) RATIFICASE su utilización, con su nueva denominación, en toda documentación oficial de los poderes del estado municipal de Saladas.
Articulo 5º) FIJASE, cada 24 de marzo como
“Día del Escudo de la Ciudad de Saladas”.
Articulo 6º) DE FORMA.
Por Redacción Mi Saladas/ Miércoles, 26 de mayo de 2021